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Reflexión ética en torno a lo profesional en el área de la educación

infante

El rol profesional del psicólogo educacional -y de los asistentes de la educación en general- se ve atravesado por diversos dilemas y complicaciones, en las cuales la figura del “usuario” se ve cuestionada e incluso invisibilizada. Esto último, influye directa e indirectamente en el abordaje y enfoque que se le da al ejercicio profesional.

El objetivo de este artículo es analizar y presentar brevemente la experiencia del ejercicio profesional del psicólogo en el contexto de la educación. De esta forma, se busca problematizar la perspectiva adultocéntrica de la educación, presentando diversas situaciones que el practicante en Psicología enmarcado en el sector educativo podría verse expuesto.

La Infancia a lo largo de la historia

niñosA lo largo de las sociedades antiguas, era difícil reconocer la figura del niño y el adolescente , ya que se consideraba que tal espacio no existía. De esta forma, se concebía que los seres humanos, pasaban de niños a adultos sin etapas intermedias. En este sentido, se puede concebir al infante o al adolescente como un ser humano incompleto o un adulto pequeño.

A finales del siglo XVII, las sociedades industriales le brindaron espacio a la infancia y la familia. La escuela se estableció como uno de los principales espacios educativos, haciendo que la infancia comienza a adquirir relevancia para los adultos. (Ariès, 1992).

Ya en el siglo XX, surge el reconocimiento de la infancia como una categoría social, por lo tanto, parte de la ciudadanía, a través de diversos movimientos civiles a su favor. Es en esta época en donde la infancia se configura como un espacio social en donde se desarrolla la vida de niños y niñas, considerándose actores sociales con capacidad de agencia. Junto a esto, surge un renovado interés por establecer medidas legales y políticas sociales para proteger la vida de niños, niñas y adolescentes, promovidas y monitoreadas por organizaciones internacionales. (Gaitán, 2006)

No obstante, en el ejercicio práctico del trabajo en temáticas de infancia, se logra reconocer ciertas prácticas que siguen sosteniendo la infancia como un espacio invisibilizado, parte de la propiedad privada del adulto, o cómo un objeto de protección social, en donde la figura del niño o adolescente es concebida como un ente pasivo socialmente.

Adultocentrismo y subordinación de la Infancia

Existen dos elementos que marcan el proceso de subjetivación del niño e intentan desmarcarse de su peyorativa concepción, para el  autor Amador (2009) indica que es este  proceso de subjetivación en sí mismo del niño y desde el niño al igual que la perspectiva externa del infante, al igual que las fuerzas históricas son los elementos que subyacen a estos cambios y que sin duda han aportado de manera significativa a su constitución, trayendo consigo producciones prácticas y representaciones asociadas con su condición de frágil, inocente y especialmente propenso al juego y a la escolarización. Además añade que, mientras el niño en Europa fue objeto de cuidados e intervenciones, receptáculo de un proyecto civilizatorio sin precedentes, el niño de las colonias fue subordinado y asumido como recurso (Amador, 2009, p.242) tal y como se expone en el acápite anterior.

Es necesario comprender que la construcción de las estratificaciones sociales permitieron considerar que los regímenes de saber estaban orientados a los padres, los profesores y eventualmente hacia los propios niños/as y adolescentes lo cual fue anclando dos tipos de subordinación atravesada por la racialización: la cronología por edad y la de anormalidad (orgánica y de delincuencia).

Situación-Problema a Trabajar

Enmarcándose en la temática anteriormente expuesta, se ha delimitado a modo de ejemplo la siguiente situación-problema:

Caso:

“En un colegio particular subvencionado de la comuna de Estación Central, una niña de 12 años, que ha recursado el 5° año básico y que se ve en la posición de volver a repetir tanto por rendimiento académico como por incumplimiento del requisito de asistencia; es citada a una reunión coordinada por el director del establecimiento para evaluar la permanencia dentro de el colegio o una posible desvinculación.

Los participantes llamados a esta reunión además de la niña, son su hermana mayor (quien tiene la tuición legal de la niña), la encargada de formación, la profesora jefe, además de la presencia del director, en una misma oficina.

La niña, actualmente vive bajo la tutela de su hermana mayor y su pareja, quienes tienen dos hijos (ambos de 2 a 4 años). Ambos adultos, están diagnosticados con VIH positivo. El sustento económico de la pareja se basa en lo que reciben desde el estado como pensión de invalidez por su enfermedad y el monto que reciben por cuidar a la niña. En lo que refiere a los padres de la menor, la madre falleció por consumo de drogas y el padre hizo abandono de hogar.

Durante la reunión, la hermana exige que la niña persista como estudiante del colegio, sin importarle el impacto que podría tener para la niña el cursar con niños de 10 años mientras ella tiene 13.

La hermana justifica la inasistencia de la estudiante al colegio comentando que el padre había re- aparecido en la cercanía de la menor incluso habiendo intentado abusar sexualmente de ella, declarándolo frente a todos los presentes en la reunión, incluyendo a la niña.

La encargada de formación presume que la inasistencia de la niña es debido a que ella cuidaría a sus sobrinos en falta de su madre, y cree que una solución que se podría considerar sería una derivación de la menor a SENAME en vista de la negligencia que se ha ejercido con ella.”

Importancia del hecho en el contexto:

Durante la práctica este hecho emerge y se hace conocimiento del practicante, en el contexto de una reunión del equipo de trabajo del departamento de formación. La encargada de formació pospone de imprevisto la reunión de equipo por asistir a esta reunión emergente para analizar el caso de la menor, y deja esperando al equipo por media hora. pasado este plazo vuelve a su oficina llorando y comentando lo que acababa de pasar.

El quiebre de la encargada del departamento fue tan impactante para el equipo que dedica todo su tiempo de reunión a la contención de la integrante y a comentar el caso de que es lo que sería lo mejor para la menor. Este es un colegio donde todos sus funcionarios trabajan enérgica e implicadamente en pos del bienestar de sus estudiantes, y un caso así de delicado tiene repercusión en cada uno de sus actores.

Intereses ético-morales que determinan su reflexión:

Es importante considerar, que en este caso, se puede vislumbrar una noción de la infancia que recae en la instrumentalización, es decir, la utilidad práctica que tiene para los sujetos la “existencia” de la niña.

Además, se ponen en juego las “necesidades” de los diversos sistemas e instituciones que se encuentran adyacentes a ésta: tales como la familia y el colegio. Sin embargo, no se abordan las necesidades de la niña, invisibilizando su participación, y coartando sus posibilidades de generar un discurso; nadie le entrega el espacio a la niña para que ella pueda expresar lo que ella quiere o necesita, o tal vez como es que ella cree se sentirá mejor. En este sentido, su rol como sujeto social se ve reducido a la pasividad.

También reparamos en que hay una vulneración que genera el colegio al permitir que la niña se vea expuesta a esta reunión, bajo una presión psicológica y una falta a la confidencialidad en el tratamiento del caso.

A partir de este caso, se aborda la temática de la subordinación de la infancia por medio de los siguientes cuestionamientos: ¿Dónde está el real bienestar de la menor? ¿Cuales son los protocolos de protección del colegio en casos de conflicto en vulneración de derechos? ¿Cuáles son las necesidades reales y quienes las tienen?

Entonces: ¿Quién es el actor y el usuario?

Análisis Ético

Las condiciones de participación infantil actual impiden el verdadero ejercicio de la ciudadanía en las niñas, niños y adolescentes. En este sentido, el derecho a voz e incluso las capacidades de decisión son coartadas por las demandas de los entornos que los conciben como mero objeto pasivo de protección. Incluso, la perspectiva del “sujeto vulnerable” trae consigo este discurso implícito.

De esta forma, como profesionales de la psicología en el contexto de la educación, debemos atenernos a los principios generales del Código de Ética Profesional del Colegio de Psicólogos de Chile. Según éste, bajo el artículo 6° se expone:

“Asimismo su compromiso social implicará aportar al conocimiento, estudio y transformación de su sociedad, y la promoción y desarrollo de leyes y políticas sociales que apunten, desde su especificidad profesional, a crear condiciones que contribuyan al bienestar y desarrollo de la comunidad.”

Nos lleva a cuestionarnos cuál es el bienestar real de la menor, porque en la situación de sacar a la menor de su contexto vulnerable, en el que se ve expuesta por la negligencia de sus tutores y su utilización como herramienta o instrumento al cuidado de sus sobrinos, para comenzar una tramitación a una OPD que la traslade al SENAME, podría significar exponerla a una mayor cantidad de estrés e incomodidad, generando también un malestar generalizado en ella, aún más conociendo las condiciones del sistema institucional del SENAME en la actualidad. Por lo tanto, ¿Dónde está el real bienestar de la menor?

Conforme al principio II de los derechos del niño, se expone que:

“El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a la que se atenderá será el interés superior del niño.”

El colegio en favor de la protección especial y el resguardo de la libertad y dignidad de la estudiante, debería contar con un protocolo que evite exponerla a situaciones de conflicto como la reunión en la que participó, siendo presionada para responder y donde la confidencialidad de lo que pudo haber pasado dentro de su entorno familiar se pasó por alto dándole un tosco manejo a un tema tan delicado como el de abuso sexual. Desde ahí el preguntarnos, ¿Cuáles son los protocolos de protección del colegio en casos de conflicto en vulneración de derechos?

La realidad es bastante ajustada al caso en concreto que se esté evaluando, pero en base al principio número 11 del “Marco doctrinal de la corporación educacional del arzobispado de Santiago” (Corporación a la que el colegio pertenece) la cual cita:

“Asumimos que el alumno/a es el sujeto de su propio aprendizaje. Tal opción nos lleva a realizar una investigación permanente de sus necesidades y aspiraciones, de su entorno vital y su mundo cultural y de este modo construir con él un proceso que le resulte significativo para su experiencia y funcional a su realidad, para que sean capaces de utilizar al máximo todas sus potencialidades y capacidades, permitiéndoles desempeñarse con eficiencia en el mundo y la sociedad. También buscamos formarlos en valores que inclinen en forma natural su voluntad hacia aquellas opciones que potencian sus talentos.”

Este principio declara que el foco de necesidades es desde el estudiante, y que se trabajan para y por el estudiante, no a beneficio de lo que podría ser mejor para el sistema, no obstante, dentro del caso el colegio contempla la posibilidad de mantenerla en el colegio sabiendo que el hacerla aprobar podría producir un malestar en la estudiante en vista de su insuficiente manejo de los contenidos del próximo curso, pero de reprobarla, podría exponerla a generar problemas en su desarrollo ya que sus pares tendrían tres años menos que ella y en su etapa de ciclo vital esto podría generar daños. Su hermana por otro lado necesita tener su tutela porque le beneficia económica y utilitariamente, pero no parece mostrar una preocupación genuina por el bienestar pleno de la niña en su dignidad y desarrollo. Y la voz de quién presenta las necesidades en conflicto; la niña, sigue sin ser escuchadas, por ende nosotros nos preguntamos, ¿Cuáles son las necesidades reales y quienes las tienen?,  ¿Quién es el actor y quien el usuario?

Para finalizar, debemos comprender que la comunidad educativa está conformada no sólo por los estudiantes y equipo docente y asistentes de la educación, sino también el contexto social (el barrio, la familia y la política pública) también están involucrados de manera directa e indirecta. En este sentido, las necesidades que como profesionales en el sector de la educación debemos atender, corresponden a la dialéctica que se establezca entre todos estos sistemas. No obstante, cómo en situaciones de vulneración de derecho, la situación se complejiza. Por lo tanto, para hablar de usuario debemos comprender que involucra en primera instancia a estudiantes, pero también a toda la comunidad educativa.

Conclusiones

La subordinación de la infancia y su invisibilización es una temática, que si bien se ha ido trabajando a lo largo de la historia, siguen habiendo residuos de la perspectiva subalterna en torno a la infancia. Hay que hacer conciencia e incentivar la movilización al cambio y desnaturalización de este tipo de eventos y conductas que mantienen la significación del niño como un ente pasivo de su propia realidad.

¿Qué posibilidad de intervención real tiene el psicólogo educacional frente a atestiguar una situación de vulneración de derechos en un sistema tan rígido y jerarquizado como las instituciones educacionales?

Consideramos que es de suma importancia que el psicólogo en el contexto educativo, sirva de puente y espejo. En este sentido, su rol al motivar a que la comunidad educativa se auto-observe con una mirada crítica y se motive al cambio, a la problematización de la realidad, deconstruir las polaridades y normalizaciones de la conducta y el quehacer pedagógico y educativo, y comenzar a observar las particularidades del “caso a caso”.

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